POLITICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
1. OBJETIVO GENERAL
Garantizar la prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas en el ámbito laboral.
2. OBJETIVOS ESPECIFICOS
- Fomentar una cultura organizacional que conlleve a estilos de vida y trabajo
saludables contribuyendo con el bienestar integral de sus trabajadores directos, temporales y contratistas, lo cual se refleja en una operación segura y limpia.
- Mantener en cualquier jornada y lugar de trabajo un ambiente sano y libre de
consumo abusivo, posesión o tráfico de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas.
3. ALCANCE
Está política aplica para todos los trabajadores directos, temporales, contratistas y subcontratistas de DORAL GROUP S.A. El incumplimiento de la presente política se tomará como una falta disciplinaria.
4. NORMATIVIDAD APLICABLE
- Código Sustantivo del Trabajo.
- Resolución 1956 de 2008
- Circular 0038 de 2010
- Decreto 120 de 2010
- Ley 1566 de 2012
- Ley 1696 de 2013
- Resolución 1841 de 2013
- Decreto 1072 del 2015
- Resolución 0312 de 2019
- Resolución 1843 de 2025
- Decreto 728 de 2025
- Ley 2460 de 2025
- Ley 2518 de 2025
POLITICA DE PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
5. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
- La entidad promoverá actividades de sensibilización y de capacitación para los
colaboradores, propendiendo por la creación de hábitos y estilos de vida saludables en relación con el daño que causa el cigarrillo, bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas las cuales afectan la salud del individuo y su entorno.
- Establecerá medidas preventivas mediante acciones y estrategias de información y
educación a sus colaboradores y divulgará esta política a todos los interesados de la organización.
6. MECANISMOS
- No se permite la posesión, uso, consumo, manufactura, venta o distribución de
sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones propias o contratadas de la entidad y en cualquier situación de trabajo en los cuales se involucre sus activos, sus colaboradores, usuarios, proveedores, contratistas y partes interesadas.
- Protección y cuidado de sus miembros, para la construcción de la identidad propia
y del sentido de pertenencia, hábitos y estilos de vida saludables, sentido de lo colectivo y para la transmisión de valores de la entidad.
- La prohibición de presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo efectos de
sustancias psicoactivas incluidas bebidas alcohólicas, que afecten el funcionamiento adecuado del desempeño laboral, dado que representa una falta a la presente política y genera riesgos a la seguridad personal y a la Compañía.
- La Participación obligatoria de los diferentes actores en los procesos de formación,
que promuevan hábitos de estilos de vida saludable.
- Ningún colaborador ni trabajador de una empresa contratista en cumplimiento de
su objeto, podrá operar vehículos o cualquier medio de transporte bajo los efectos del alcohol, alguna sustancia psicoactiva o medicamento que pudiera afectar su capacidad para trabajar de manera segura.
- La prohibición de fumar durante la jornada laboral en las oficinas, en sucursales,
puntos de atención de la entidad, o en las instalaciones de clientes donde este restringido para hacerlo.
- La entidad, se reserva el derecho de realizar pruebas de alcoholemia y/o de
consumo de drogas ilícitas o de convocar a terceros para que las hagan, en situaciones en que un funcionario, directamente contratado o de terceros, esté envuelto en algún accidente y/o presente características o actitudes sospechosas que conlleven a los accidentes e incidentes laborales y que pongan en riesgo su salud o la de los colaboradores.